Otros Órganos Municipales
Ayuntamiento de Andorra (Teruel)
Junta de gobierno AYTO ANDORRA
Es el órgano municipal que, bajo la presidencia del alcalde, colabora de forma colegiada en la función de dirección política. La Junta de Gobierno Local responde políticamente ante el pleno de su gestión de forma solidaria, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada uno de sus miembros por su gestión.
Podrán estar presentes, con voz pero sin voto, un representante por cada uno de los grupos municipales que no formen parte de la Junta de Gobierno.
La Junta de Gobierno Local tiene las siguientes atribuciones:
La asistencia permanente a la Alcaldía en el ejercicio de sus atribuciones
Las atribuciones que la Alcaldía le delega y que son todas las que estén atribuidas al Alcalde, excepto las indelegables, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local y las que la legislación estatal o autonómica asignen al municipio y no estén conferidas al Pleno.
La Junta de Gobierno celebrará sesión ordinaria los viernes de cada semana, considerando el mes de agosto inhábil a estos efectos.
Comisiones informativas
Las Comisiones Informativas están integradas por miembros de la Corporación Municipal. Son órganos sin atribuciones resolutorias que tienen por función el estudio, informe o consulta y preparación de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno.
Las Comisiones Informativas pueden ser permanentes y especiales:
Son permanentes las que se constituyen con carácter general, distribuyendo entre ellas las materias que han de someterse al Pleno. Su número y denominación se decide mediante acuerdo de Pleno a propuesta de la Alcaldía, procurando, en lo posible, su correspondencia con el número y denominación de las grandes áreas en que se estructuren los servicios corporativos.
Son especiales las que el Pleno acuerde constituir para un asunto concreto, en consideración a sus características especiales de cualquier tipo.
Los dictámenes de las Comisiones Informativas no son vinculantes aunque sí preceptivos como previos a las decisiones que adopte el Pleno o la Junta de Gobierno Local.
FORMULARIO DE SOLICITUD: